Este derecho viene recogido en La Ley de Autonomía del Paciente (LAP), 41/ 2002, de 14 de noviembre, en sus artículos 4 y 5 de información asistencial:
1. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Además, toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. La información, que como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la historia clínica, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.
3. El médico responsable del paciente le garantiza el cumplimiento de su derecho a la información. Los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto también serán responsables de informarle.
Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial.1. El titular del derecho a la información es el paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.
3. Cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico, la información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.
La ley también reconoce el derecho de los pacientes a que se respete su voluntad a NO SER INFORMADOS. En estos casos, la renuncia a recibir información está limitada por el interés de la salud del propio paciente, de terceros, de la colectividad, y por las exigencias terapéuticas del caso. Cuando el paciente manifieste expresamente su deseo de NO ser informado, se respetará su voluntad haciendo constar la renuncia documentalmente, sin perjuicio de la obtención de su consentimiento previo para la intervención.
Como complemento de todo ello, los pacientes y los usuarios del Sistema Nacional de Salud tienen derecho a recibir información sobre los servicios y unidades asistenciales disponibles, su calidad y los requisitos de acceso a ellos.CUIDE SU SALUD. En nuestra web, dispone de más información :
Juan Betancor Jiménez. Director Médico Centro Clínico Betanzos 60.
Madrid. España.
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