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lunes, 17 de febrero de 2014

Consentimiento informado para la anestesia epidural en el parto



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Toda mujer que elija tener su niño con los ginecólogos del Centro Clínico Betanzos 60 en el Hospital Nuevo Belén de Madrid debe firmar el consentimiento informado para la anestesia epidural en el parto. El documento que se le presenta es el siguiente:



POR QUÉ SE REALIZA LA ANESTESIA EPIDURAL EN EL PARTO


El propósito principal de la anestesia o analgesia epidural es atenuar o eliminar los dolores durante la progresión del trabajo de parto. No hay evidencia de que el dolor de parto sea beneficioso para la madre o el feto. Por el contrario el dolor, el miedo y la ansiedad desencadenan una serie de respuestas reflejas que pueden producir efectos nocivos sobre la madre, el feto y el propio trabajo de parto. En caso de cesárea puede realizarse la misma técnica, con modificación de las dosis de anestésico.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO


La anestesia o analgesia epidural consiste en inyectar anestésicos locales o analgésicos alrededor de la membrana que rodea la médula espinal (espacio epidural). Una vez desinfectada la zona de punción el anestesiólogo hará una infiltración local con un anestésico proporcionando adormecimiento en un área pequeña, a través de la cual se introducirá una aguja especial para acceder al espacio epidural. Un tubo fino de plástico, llamado catéter epidural, se introducirá a través de esta aguja especial para acceder al espacio epidural, retirándola a continuación. A través de este tubo se administrará la medicación que se requiera según las necesidades.

El/la anestesiólogo/a me ha explicado también la existencia de otros posibles procedimientos analgésicos alternativos.

RIESGOS GENERALES


Los riesgos de una anestesia o analgesia epidural son habitualmente escasos, aunque pueden presentarse complicaciones y efectos secundarios, aun cuando sea vigilada cuidadosamente y mi anestesiólogo tome precauciones especiales para evitarlas. Entre estos riesgos:

  • Descenso de la tensión arterial.

  • Temblores (reacción frecuente).

  • Punción dificultosa o imposible de realizar.

  • Dolor de cabeza, si la aguja o el catéter epidural penetra involuntariamente en el espacio por donde circula el líquido cefalorraquideo (poco frecuente).

  • Dolor de espalda en la zona de punción.

  • Entre otras, complicaciones que pueden producirse son: problemas al orinar, náuseas y vómitos, inyección en una de las venas ubicadas en el espacio epidural y paso del fármaco al torrente sanguíneo, analgesia incompleta.

  • Las complicaciones por lesión neurológica con parálisis irreversibles como consecuencia de infecciones, hemorragias en el espacio epidural o daño directo en las estructuras nerviosas son excepcionales.

  • Para disminuir la posibilidad de riesgos y/o complicaciones, el anestesiólogo valorará cuidadosamente mi situación antes del bloqueo epidural, tomará todas las medidas de seguridad necesarias y proveerá el tratamiento especial durante el procedimiento.

La administración de sueros y fármacos que son imprescindibles durante la anestesia, pueden producir, excepcionalmente, reacciones alérgicas. Estas reacciones pueden llegar a ser graves e inclusive mortales, pero tienen carácter extraordinario. Está desaconsejada la práctica sistemática de pruebas de alergia a los fármacos anestésicos ya que no es adecuado hacerlo en pacientes sin historia previa de reacción adversa a los mismos. Estas pruebas no están libres de riesgos, y aun siendo su resultado negativo, los fármacos anestésicos probados pueden producir reacciones adversas durante el acto anestésico.

RIESGOS PERSONALIZADOS DE CADA MUJER EMBARAZADA


Todo acto quirúrgico lleva implícitas una serie de complicaciones comunes y potencialmente serias que podrían requerir tratamientos complementarios, tanto médicos como quirúrgicos, y que por mi situación vital actual (diabetes, cardiopatía, hipertensión, anemia, obesidad...) pueden aumentar riesgos o complicaciones como:





Existe una clasificación denominada ASA que valora el riesgo del paciente en función de la situación de la salud del mismo en el momento que se va a realizar la cirugía.

  • ASA I
    Estado de salud: Excelente sin enfermedades sistémicas.
    Limitaciones de actividad: Ninguno.

  • ASA II.
    Estado de salud: Enfermedad no vital de un sistema pero bajo control.
    Limitaciones de actividad: Ninguna.

  • ASA III.
    Estado de salud: Enfermedad importante de un sistema o de varios sistemas pero bajo control.
    Limitaciones de actividad: Presente pero no incapacitante.

  • ASA IV.
    Estado de salud: Precario pero con al menos una enfermedad severa con mal control o estado terminal.
    Limitaciones de actividad: Incapacitado.

  • ASA V.
    Estado de salud: Muy malo o moribundo.
    Limitaciones de actividad: Incapacitado.

  • ASA VI.
    Paciente en muerte cerebral.

En función del estado de salud en la actualidad, se considera una valoración ASA determinada.


En:   (Lugar y fecha)



Firma del médico:
 
 
 
 
 

 Firma de la paciente:
 
 
 
 
 


Unidad de ginecología y tocología
Centro Clínico Betanzos 60


Si usted se decide a analizar los diversos métodos disponibles para eliminar el dolor, en nuestro centro médico los ginecólogos que atienden los partos personalizados en el Hospital Nuevo Belén de Madrid le informarán de las diferentes opciones existentes.

En nuestro centro ginecológico también puede realizar los cursos y clases de preparación al parto. No están concertados con ninguna compañía médica aunque, si su sociedad médica es de reembolso, le vale con nuestra factura.


¡CONSÚLTENOS!
917 302 684   y   917 304 202



CUIDE SU SALUD. CUIDE SU EMBARAZO. Los cursos de preparación al parto, las clases de educación maternal y la gimnasia para la mujer embarazada son hoy en día unas de las mejores armas terapéuticas para que el transcurso del embarazo, parto y puerperio ocurran dentro de la normalidad. Nos gusta nuestra profesión y estamos seguros de que nuestra atención personalizada, o en grupos muy reducidos, redundará en su beneficio. Hacer bien los cursos de preparación al parto tiene su recompensa.

Nuestro equipo de ginecología y nuestros ginecólogos atienden pacientes privados y están concertados con las principales sociedades médicas de Madrid: Adeslas, Groupama, HNA, Hermandad de Arquitectos, Antares, Agrupación Mutua, Medifiatc, Fiatc, Allianz seguros, Caser, Cigna, El Cisne, DKV, Sersanet, Axa-Winthetur, Néctar Seguros, Unión Sanitaria Médica Quirúrgica (SMQ), Sanitas.

Madrid, Madrid Norte, Distrito de Fuencarral - El Pardo, junto a La Vaguada, Tres Olivos, Montecarmelo, Las Tablas, Sanchinarro, Barajas, Hortaleza, Barrio de Begoña, Barrio del Pilar, Mirasierra, Tetuán, Plaza de Castilla, Puerta de Hierro, Peñagrande, Arroyo El Fresno, Chamartín, Tres Cantos, Pozuelo, Majadahonda, Colmenar Viejo, Alcobendas, Aravaca, Moncloa, Dehesa de la Villa, Saconia, Valdezarza, La Coma, La Ventilla.


Metro: Avenida de la Ilustración, Peñagrande, Barrio del Pilar o Herrera Oria
(mapa de la ubicación del Centro Clínico Betanzos 60)




miércoles, 17 de junio de 2009

CATEGORÍAS



En este blog encontrará información ginecológica y médica en general. Para facilitar su consulta, todas sus entradas están clasificadas, según su contenido, en diversas categorías. Cada entrada puede estar incluida en más de una de ellas, si su contenido así lo aconseja.

Con objeto de facilitar su selección, en la relación que figura a continuación se encuentran los enlaces a ellas y la descripción de su contenido:

01.- GINECOLOGÍA


Textos, artículos y recomendaciones relacionados con la ginecología en general.


02.- PLANIFICACIÓN FAMILIAR


Descripción de los métodos anticonceptivos más comunes y de los más novedosos, consejos sobre su uso, información sobre su eficacia y disponibilidad en nuestro medio.


03.- EMBARAZO Y PARTO


Información acerca de los cambios que se producen en esta etapa, recomendaciones sobre la forma de vivirlos y disfrutarlos, preparación al parto.


04.- MENOPAUSIA


Cambios que se desencadenan en este momento de la vida, recomendaciones para evitar complicaciones, prevención de la osteoporosis.


05.- MAMAS


Atención a su cuidado, patologías que las afectan y su prevención.


06.- ESTERILIDAD E INFERTILIDAD


Información acerca de su diagnóstico y tratamiento.


07.- ECOGRAFÍA GINECOLÓGICA


Técnicas y disponibilidad en nuestro medio.


08.- INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL


Descripción de las más frecuentes, de los riesgos, del diagnóstico, del tratamiento y de la prevención de las ITS.


09.- CIRUGÍA


Tipos de cirugía y patologías a tratar.


10.- DERMOESTÉTICA


Información de esta especialidad médica.


11.- PSICOLOGÍA


Sugerencias útiles y enlaces recomendados.


12.- MEDICINA ESPECIALIZADA


Artículos y recomendaciones relacionados con otras especialidades médicas.


13.- MEDICINA GENERAL


Recomendaciones e informaciones de interés relacionadas con la salud.


14.- PSICOTÉCNICOS


Artículos y recomendaciones relacionados con la obtención de certificados médicos, en particular para la obtención y renovación del carnet de conducir.


15.- POLÍTICA DEL BLOG


Criterios de redacción y mantenimiento de los artículos insertados en este blog.


Al pulsar sobre una categoría se accede a las entradas correspondientes.


Centro Clínico Betanzos 60
Madrid - España

www.centroclinicobetanzos60.es

jueves, 11 de junio de 2009

Derechos de los pacientes


Todos nuestros médicos especialistas, respetan los DERECHOS DE LOS PACIENTES:

  1. El paciente tiene derecho al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que pueda ser discriminado por razones de tipo social, económico, moral e ideológico.

  2. El paciente tiene derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso, incluido el secreto de su estancia en centros y establecimientos sanitarios, salvo por exigencias que hagan imprescindible el conocimiento de algún extremo.

  3. El paciente tiene derecho a recibir información completa y continuada, verbal y escrita, de todo lo relativo a su proceso, incluyendo diagnóstico, alternativas de tratamiento, sus riesgos y pronósticos que será facilitada en un lenguaje comprensible. En caso de que el paciente no quiera o no pueda manifiestamente recibir dicha información, ésta deberá proporcionarse a los familiares o personas legalmente responsables.

  4. El paciente tiene derecho a la libre determinación entre las opciones que le presente el responsable médico de su caso, siendo su consentimiento expreso previo a cualquier actuación, excepto en los siguientes casos:
    • Cuando la urgencia no precisa demoras.

    • Cuando el no seguir el tratamiento suponga un riesgo para la salud pública.

    • Cuando exista imperativo legal.

    • Cuando no esté capacitado para tomar decisiones, en cuyo caso el derecho corresponderá a sus familiares o personas legalmente responsables.

  5. El paciente tendrá derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos señalados en el punto cuatro, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria.

  6. El paciente tendrá derecho a que se le asigne un médico, cuyo nombre deberá conocer.

  7. El paciente tiene derecho a que quede constancia por escrito de todo su proceso; ésta información y las pruebas realizadas constituyen la historia clínica.

  8. El paciente tienen derecho a que no se realicen en su persona investigaciones, experimentos o ensayos clínicos sin una información sobre métodos, riesgos y fines. Será imprescindible la autorización por escrito del paciente y la aceptación por parte del médico de los principios básicos y normas que establece la Declaración de Helsinki.
    Las actividades docentes requerirán, así mismo, consentimiento expreso del paciente.

  9. El paciente tiene derecho al correcto funcionamiento de los servicios asistenciales y administrativos y a que la estructura de la institución proporcione unas condiciones aceptables de habitabilidad, higiene, alimentación, seguridad y respeto a su intimidad.

  10. El paciente tendrá derecho, en caso de hospitalización, a que ésta indica lo menos posible en sus relaciones sociales y personales. Para ello, el Centro facilitará un régimen de visitas lo más amplio posible y acceso a los medios y sistemas de comunicación y cultura.

  11. El paciente tiene derecho a recibir cuanta información desee sobre los aspectos de las actividades asistenciales que afecten a su proceso y situación personal.

  12. El paciente tiene derecho a conocer los cauces formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias, y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones. Tiene derecho, así mismo a recibir una respuesta por escrito.

  13. El paciente tiene derecho a causar alta voluntaria en todo momento tras firmar el documento correspondiente, excepto en los casos recogidos en el apartado cuatro de los Derechos del Paciente.

  14. El paciente tiene derecho a agotar las posibilidades razonables de superación de la enfermedad.

  15. El paciente tiene derecho a que las instituciones sanitarias proporcionen:
    • Una asistencia técnica correcta, con personal cualificado.

    • Un aprovechamiento máximo de los medios disponibles.

    • Una asistencia con los mínimos riesgos, dolor y molestias psíquicas y físicas.

Asesoría legal del Centro Clínico Betanzos 60
Madrid, España






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Nuestro centro médico dispone de Médicos especialistas en acupuntura, alergología (alergia), análisis clínicos (de sangre y de orina), anatomía patológica, ATS y enfermera, enfermería especializada en ginecología y tocología, cardiología, cirugía ginecológica, cirugía estética, cirugía plástica, cirugía general, cirugía del aparato digestivo, cirugía láser, cirugía ortopédica, cirugía reparadora, certificados médicos oficiales (conductores, estudios, armas...), depilación médica láser, dermoestética, dermatología, digestivo, dietética, fertilidad (esterilidad e infertilidad), fisioterapia, ginecología, logopedia, láser médico, medicina estética, medicina interna, medicina familiar, medicina general, neonatología, nutrición, obstetricia (embarazo y parto), oftalmología (oculista), otorrinolaringología (otorrino) ozonoterapia, pediatría, preparación al parto (educación maternal y gimnasia para la mujer embarazada), podología (podólogo, clínica de estética del pie y clínica podológica), psicología, psicotécnicos, psiquiatría (psiquiatra), puericultura, proctología, reumatología, rehabilitación, sexología, traumatología y urología.

Tiene más información legal en nuestro sitio web:



CUIDE SU SALUD. Todo nuestro equipo médico está para ayudarle y le ofrecemos los últimos avances médicos y tecnológicos en diagnóstico y tratamiento, siguiendo los protocolos que la moderna medicina actual pone a su disposición.


Metro: Avenida de la Ilustración, Peñagrande, Barrio del Pilar o Herrera Oria
(mapa de la ubicación del Centro Clínico Betanzos 60)




sábado, 30 de mayo de 2009

La informacion médica al paciente


Información médica al paciente
El paciente tiene derecho a conocer toda la información sobre su estado de Salud. Esta información, que como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la historia clínica, comprende como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias. Por lo tanto, habrá de ser verdadera, y se comunicará al paciente de forma compresible y adecuada a sus necesidades, de manera que le ayude a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.

Este derecho viene recogido en La Ley de Autonomía del Paciente (LAP), 41/ 2002, de 14 de noviembre, en sus artículos 4 y 5 de información asistencial:

Artículo 4. Derecho a la información asistencial.

1. Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, salvando los supuestos exceptuados por la Ley. Además, toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada. La información, que como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la historia clínica, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y sus consecuencias.

2. La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, será verdadera, se comunicará al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.

3. El médico responsable del paciente le garantiza el cumplimiento de su derecho a la información. Los profesionales que le atiendan durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o un procedimiento concreto también serán responsables de informarle.

Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial.

1. El titular del derecho a la información es el paciente. También serán informadas las personas vinculadas a él, por razones familiares o de hecho, en la medida que el paciente lo permita de manera expresa o tácita.

2. El paciente será informado, incluso en caso de incapacidad, de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión, cumpliendo con el deber de informar también a su representante legal.

3. Cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico, la información se pondrá en conocimiento de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.

4. El derecho a la información sanitaria de los pacientes puede limitarse por la existencia acreditada de un estado de necesidad terapéutica. Se entenderá por necesidad terapéutica la facultad del médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente, cuando por razones objetivas el conocimiento de su propia situación pueda perjudicar su salud de manera grave. Llegado este caso, el médico dejará constancia razonada de las circunstancias en la historia clínica y comunicará su decisión a las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho.

La ley también reconoce el derecho de los pacientes a que se respete su voluntad a NO SER INFORMADOS. En estos casos, la renuncia a recibir información está limitada por el interés de la salud del propio paciente, de terceros, de la colectividad, y por las exigencias terapéuticas del caso. Cuando el paciente manifieste expresamente su deseo de NO ser informado, se respetará su voluntad haciendo constar la renuncia documentalmente, sin perjuicio de la obtención de su consentimiento previo para la intervención.

Como complemento de todo ello, los pacientes y los usuarios del Sistema Nacional de Salud tienen derecho a recibir información sobre los servicios y unidades asistenciales disponibles, su calidad y los requisitos de acceso a ellos.

CUIDE SU SALUD. En nuestra web, dispone de más información :


Juan Betancor Jiménez. Director Médico Centro Clínico Betanzos 60.
Madrid. España.

jueves, 26 de febrero de 2009

PRESENTACIÓN


Centro Clínico Betanzos 60
Somos un amplio grupo de expertos en salud que iniciamos nuestra andadura en mayo de 1990. Desde entonces, y de forma ininterrumpida, venimos desarrollando nuestra actividad en la Avenida Betanzos 60 - 28034 Madrid España.

La ginecología y la obstetricia han sido y son en la actualidad, las actividades troncales de nuestro centro. Desde nuestros inicios hemos contado con otras especialidades médico-sanitarias (nutrición, psicología, sexología, preparación al parto...) con la intención de dar atención integral a nuestros pacientes y, desde entonces, venimos incorporando a nuestro cuadro médico nuevos servicios médico-sanitarios que en la actualidad son más de treinta, algunos de ellos pioneros en la sanidad madrileña como la ozonoterapia y, recientemente, los últimos avances en dermoestética.

Nuestra prioridad fundamental es prestar la mejor calidad asistencial a nuestros pacientes.

Uno de los pilares del Centro Clínico Betanzos 60 es el servicio al paciente.

En este blog atenderemos sus consultas y moderaremos los comentarios que aparezcan.