domingo, 15 de octubre de 2017

Psicotécnico del Conductor con Vértigo



La Dirección General de Tráfico (D.G.T.) de Madrid, en su reglamento general de conductores, impide que se pueda obtener y/o renovar el carnet o permiso de conducción, si el conductor presenta vértigos permanentes y/o alteraciones del equilibrio intensos.







Psicotécnico del Conductor con Vértigo





Los médicos que realizamos certificados médicos para  obtener y/o renovar el carnet de conducir estamos obligados a advertir que no se puede conducir con vértigo. 
Los vértigos además se suele acompañar de dolor de cabeza intenso, alteraciones de la audición y de la visión, mareos e inestabilidad, nauseas, vómitos, sensación de pérdida de conocimiento, …. que impiden una conducción segura


Al realizar el psicotécnico del conductor con vértigo es obligado aconsejar a dichos conductores:

  • Nunca conducir ante una crisis de vértigo que presente los síntomas que hemos descrito.
  • Advertir que los fármacos que tratan los vértigos afectan seriamente a la conducción porque producen somnolencia, alteración de la visión, etc.
  • Los conductores profesionales (camión, autobús, …) nunca deben conducir hasta que pasen 6 meses de la última crisis.
El conductor con vértigo deberá informar siempre a su médico general o especialista en otorrinolaringología de los síntomas de su enfermedad (sobre todo los conductores habituales) que valorará si puede o no conducir.


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